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miércoles, 31 de octubre de 2012

Ley Intima


El otro día escuché que se estaba por aprobar una ley para multar a aquellas personas que muestren parte de su ropa interior al estilo rapero. Leyendo un apartado de la ley, encontré quienes estarían exentos a ser multados, además de cuidados a tener en cuenta para no dar lugar a malos entendidos. Este es el extracto: "El Director de moral y ética comunitaria declara exentas de la presente ley a aquellas personas que respeten las siguientes situaciones:
1- Personas cuya "profesión" sea modelos, que cuando posen para tapas de revista muestren toda o ninguna prenda íntima.
2- Personas que lavan los vehículos y que muestran limpiamente la raya del culo sin que se aprecie ninguna prenda íntima.
3- Personas de la tercera edad sexo masculino que al estilo Bernardo Neustad, se les escape un huevo, y no llegue a verse el calzoncillo.
4- Personas que sacan el culo por la ventanilla, siempre que se vea todo este perfectamente encajado.
5- Bebes en pañales, exceptuando a aquellos que se le escape el pañal por algún lado, para evitarlo deberán utilizar conjuntos enterizos.
6- Personas de la tercera edad sexo femenino que salen a barrer o sacar la basura en camisones, siempre que el camisón no sea traslúcido y deje ver parte del calzón.
7- Personas de sexo masculino que mean en los árboles, lo deberán hacer desde la bragueta sin dejar asomar más que su apéndice viril (pito).
8- Personas que van a cagar a los yuyos deben asegurarse que sean tupidos, para que no se entrevea ninguna parte de su ropa interior.
Comuniquesé. Cumplido, Archívese. Y tápese.

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